jueves, 29 de enero de 2009

¿Una nueva izquierda jurídica?

El profesor José Francisco García ha criticado el avance de lo que él llama una agenda de la izquierda jurídica, la que por medio de los jueces pretendería llevar adelante “reformas sociales” en sustitución de la voluntad del Congreso. Su planteamiento es interesante e importante, pero contiene algunas imprecisiones. En el análisis del profesor García hay dos tipos de argumentos que aparecen confundidos. Por una parte, se plantea el debate acaso es correcto que sean los jueces quienes decidan sobre ciertas materias, que él pareciera querer reservar a los órganos políticos; y, por otra parte, cuestiona la agenda que se avanzaría cuando los jueces intervienen del modo que él critica. Me parece que es esto último lo que le preocupa.En primer lugar, señala el profesor que “este fenómeno demuestra la histórica deferencia del Poder Judicial con el gobierno de turno”. Si bien el Tribunal Constitucional no es formalmente parte del Poder Judicial, supongo que cabe dentro de su afirmación. Si pensamos que, solo en el último año, el Tribunal Constitucional ha bloqueado políticas muy importantes impulsadas por el gobierno, la frase es al menos inexacta. Piénsese nada más en el rechazo que el Tribunal dio al préstamo del BID al Transantiago y en la sentencia en contra de la distribución de la píldora que el gobierno ha promovido. Los jueces ciertamente no fueron deferentes con el gobierno al impedir que el peor desastre de los gobiernos de la Concertación pudiere financiarse con ese crédito. Lo mismo con la píldora. Pero tiene razón el profesor si, cuando habla de deferencia, está pensando en la actitud que la justicia constitucional chilena mantuvo durante los años de dictadura militar; donde más que una elegante deferencia lo que hubo fue una vergonzosa complicidad de parte de muchos jueces con el gobierno de turno.En seguida, el profesor García sostiene que se trataría de un esfuerzo no concertado de utilización del Poder Judicial para el avance de esta agenda. Lo cierto es que existen esfuerzos deliberados entre actores que buscan reconocimiento de los derechos fundamentales de las personas, que leen e interpretan estos derechos de manera diferente a como lo ha hecho lo que, siguiendo su nomenclatura –que no comparto—, equivaldría a la “derecha jurídica”. Aquella que, utilizando el Poder Judicial, ha impedido por ejemplo la exhibición de películas, libros y obras de teatro; ha negado la autonomía de la mujer en materia reproductiva; ha cercenado los derechos de los trabajadores subcontratados; ha autorizado a un alcalde a negarle el permiso a trabajar a una persona en razón de su orientación sexual, o ha proscrito la posibilidad que una mujer sea madre y lesbiana a la vez. En estos casos, el profesor García debiera reconocer que no son precisamente las ideas de izquierda las que han capturado al Poder Judicial.El profesor García argumenta que quienes litigan causas de interés público encuentran espacio para avanzar su agenda en una corte internacional—la Corte Interamericana de Derechos Humanos—que carece del prestigio y respaldo democrático que su símil europeo tiene. El punto es debatible, pero en cualquier caso la analogía debe ser completa: la Corte Interamericana interviene después que los sistemas democráticos incompletos y débiles que tenemos fallan. Nuestros Congresos “democráticos” son bastante más precarios que los sistemas de representación que existen en Europa. Y si es por consistencia del derecho europeo, debe recordarse que fue allí donde se originó lo que conocemos como “justicia universal”. La creatividad de los jueces de derechos humanos que García reprocha a los jueces chilenos es ciertamente compartida por jueces en Bélgica, España o Francia. “En el contexto de la Reforma Procesal Penal, los jueces ‘garantistas’ interpretan normas procesales pro-imputado”. No son normas procesales, como dice el profesor. Se trata, en rigor, de normas sustantivas, que fueron aprobadas por el Congreso Nacional, el único que, como sugiere el profesor García, puede reservarse el sello de legitimidad democrática. Por otro lado, no son los jueces de garantía –ése es su nombre, que no es lo mismo que “garantistas”—los llamados a combatir la delincuencia. Es el gobierno y el Parlamento quienes diseñan las políticas de seguridad interior, inteligencia y hasta defensa. Que estas políticas no den los resultados esperados, me parece, no tiene que ver con la agenda de la supuesta “izquierda jurídica”. En general, el Congreso y los gobiernos de la Concertación han dedicado sus energías a subir las penas para los delitos. Es la respuesta a los altos índices de delincuencia, según se nos dice. Sin embargo, más que bajar la tasa de delincuencia –de robos, porque en Chile la delincuencia sigue siendo baja en términos comparados— lo que el Congreso ha logrado es aumentar sostenidamente la población carcelaria. Ello ha empujado a la creación de más cárceles, las que ya completan su capacidad (debe recordarse que, salvo los casos especiales de militares, las cárceles no se construyen para tener vacantes). Y como las cárceles, más que rehabilitar, sirven para que sujetos que han cometido desviaciones sociales que podrían contenerse se conviertan en genuinos “peligros para la sociedad”, lo que los excelsos órganos de deliberación política –Gobierno y Congreso— han hecho es ponernos en más riesgo. Por último, debe anotarse que hoy Chile ostenta la tasa de población carcelaria más alta de América Latina.García observa que el “piloto automático constitucional” aún contiene la embestida. Ello demuestra la vigencia que tienen las ideas constitucionales gestadas en un régimen no democrático, en que simplemente no existía un Congreso Nacional. Reclama la vigencia de “aspectos básicos de la Constitución”, como si los ciudadanos hubiésemos realmente decidir dotarnos de esa Constitución, aprobada en un discutible plebiscito y modificada por Parlamentos que solo parcialmente representan la voluntad del pueblo. En un escenario como éste, no parece tan descabello pedirle al Poder Judicial que haga algo por la vigencia de los derechos que el Estado se ha obligado, libre y soberanamente, a garantizar. Lo dijo Lastarria, hace más de siglo y medio, “el poder judicial es como los demás, un verdadero poder político del Estado”. En esa condición, también encauza la conversación interminable sobre los derechos que tenemos y la sociedad que queremos.

Escrito por Jorge Contesse Singh
Publicado en Ideas & Debates, La Tercera
Publicado en el blog de www.latercera.cl

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